CONTRATO DE MUTUO

 

En la Ciudad de , a los días del mes de de , entre, por una parte , nacionalidad, DNI , con domicilio en ; y por la otra parte , nacionalidad , DNI , con domicilio constituído y lugar de pago en , manifiestan de común acuerdo formalizar un contrato de mutuo que se regirá por las siguientes disposiciones:

PRIMERA: , en adelante la parte “deudora”, reconoce adeudar a en adelante la parte “acreedora”, la cantidad de DOLARES ESTADOUNIDENSES (u$ ), los cuales fueron recibidos antes de ahora.

SEGUNDA: La “deudora” se compromete a abonar en concepto de interés compensatorio en forma mensual la suma de (u$ ) venciendo la primera cuota el dia //.

TERCERA: La deudora se compromete a devolver en concepto de cancelación parcial de capital y cada cuatro meses contados a partir de la firma del presente contrato, la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES (u$); el saldo del capital otorgado en préstamo será devuelto en el plazo de 12 meses, es decir el // con más el interés compensatorio correspondiente. El plazo de devolución del capital será prorrogable por un año más, siempre que la parte “deudora” no se encuentre en mora con ninguna de las obligaciones antes asumidas. La “deudora” se obliga a abonar el sado de capital y sus cancelaciones parciales en DOLARES ESTADOUNIDENSES o la suma de PESOS necesaria para adquirir igual cantidad de dicha moneda en el Banco de la Nación Argentina, cotización dólar estadounidense billete financiero o el que legalmente lo sustituya, según la cotización del día hábil al de su vencimiento o el de su efectivo pago.

CUARTA: Para el supuesto en que cerrara el mercado libre de cambios de la República Argentina, o por cualquier causa se suspendiere, limitare o dejare sin efecto la cotización y venta de dólares estadounidenses, el monto de la deuda deberá ser reintegrada sobre la cantidad de pesos necesarios y suficientes para adquirir dólares en las ciudades de Montevideo, República Oriental del Uruguay, Nueva York, Estados Unidos de Norteamérica, a opción de la parte acreedora y de acuerdo a la información que suministren las publicaciones de los diarios Ambito Financiero o El Cronista Comercial, ambos de la Ciudad de Buenos Aires.

QUINTA: A los efectos del cumplimiento el contrato y de las variaciones que pueda tener la cotización del dólar estadounidenses, las partes dejan expresa constancia que tienen perfectamente en cuenta particular situación del mercado, y las fluctuaciones que puedan existir, las que entran dentro de las previsiones que miden los contratantes por lo que en ningún caso será de aplicación lo establecido en el art 961 Código Civil y Comercial de la Nación.

SEXTA: La falta de pago a su vencimiento de una sola de las cuotas hará incurrir a la deudora en mora automática sin necesidad de requerimiento alguno, provocando la caída de todos los plazos pendientes, haciéndose exigible el total de lo adeudado, que devengará desde ese día un interés punitorio del 1% (UNO POR CIENTO) mensual.

SEPTIMA: El pago deberá efectuarse en la fecha pactada en la persona de la acreedora y/o quien la representa a ésta legalmente en el domicilio designado más arriba o en el que esta designe.

OCTAVA: Presente en este acto quienes dicen ser , DNI y , DNI , con domicilio en y respectivamente EXPONEN: Que en garantía por el cumplimiento de todas las obligaciones  de pago asumidas por la parte deudora y con renuncia a los beneficios de división y excusión, en fiadores de todas y cada una de las obligaciones asumidas por la parte deudora para con la parte acreedora, durante todo el término del presente contrato de mutuo y aún así si se prorrogase o renovase el mismo entre las partes, hasta que la  parte deudora abone totalidad de sus obligaciones de pago en las condiciones pactadas, renunciado al beneficio de división y excusión previa de bienes del deudor, y a cualquier causa de extinción de la obligación principal a la que accede.

NOVENA: En garantía y seguridad del pago de la deuda, sus intereses y demás convenido en el presente contrato y sin perjuicio de responder con sus demás bienes, la parte deudora, otorga como GARANTIA REAL SUFICIENTE, la Unidad Funcional número Una, sita en Planta Baja, que forma parte de la finca ubicada en calle , número , NOMENCLATURA CASTASTRAL: Circunscripción , Sección , Manzana Parcela . Matrícula .

DECIMA: Las acciones judiciales a que dieran lugar este contrato serán subordinadas a las Tribunales Ordinarios de la Ciudad de , con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción. A tal fin las partes constituyen domicilios especiales en los designados más arriba. CONFORME las partes del presente contrato de mutuo, lo aceptan y prestan su conformidad firmando dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha ut supra indicado. – – – – – – – – – – – – –

Suscribirme
Notificarme de
guest
0 Comentarios
Inline Feedbacks
Ver todos los comentarios
0
Aporta tu comentario sobre este contenido!x